La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publicó este viernes la resolución, mediante la cual se incorporan más de 20 productos de las economías regionales al Programa de Incremento Exportador (PIE) que establece un tipo de cambio diferencial de $ 300 por dólar,
Entre los productos que se incorporan se encuentran derivados de las cadenas de manzana, pera, naranja, mandarina, pomelo, arroz, kiwi, cebolla, y otras producciones con mayor relevancia a nivel local, como aceites esenciales, quínoa, lino, coriandro, orégano, pimiento para pimentón, manzanilla y árboles, arbustos y matas, de frutas o de otros frutos comestibles, incluso injertados.
"A través de estos programas de estímulo se busca promover el arraigo territorial, el agregado de valor, la industrialización en origen y el incremento de las exportaciones a través del desarrollo socioeconómico armónico, entre los distintos eslabones de las cadenas de valor de las Economías Regionales ", establece la Resolución 147/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
En el marco de la incorporación de nuevas economías regionales al Programa de Incremento Exportador, el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Juan José Bahillo, había recibido en sucesivas reuniones a representantes de la Cámara de Industriales Arroceros y de la Cámara de Exportadores de Citrus del NEA (CECNEA).
Durante el encuentro, Bahillo explicó detalles técnicos en torno a la implementación del Programa para las dos nuevas cadenas productivas.
El 17 de abril la secretaría de Agricultura había dado a conocer mediante la Resolución 138/2023, los requisitos para que las economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador.
La medida incluía a las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas -tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados por el organismo competente.