El gobierno de San Juan se comprometió a reglamentar la ley local que adhiere a la norma nacional de "generación distribuida con energías renovables", de modo que se pueda vender al mercado eléctrico la energía excedente que genere cada particular al instalar paneles solares o sistemas semejantes en sus hogares.
La reglamentación de la Ley Provincial 1878-A, por la que San Juan adhirió en 2018 a la Ley Nacional 27.424 de Generación Distribuida para Inyectar Excedentes a la Red, está pendiente "por algunas cuestiones particulares que venimos discutiendo", dijo el secretario de Agua y Energía local, Juan Carlos Caparros.
Hasta ahora, hay 12 provincias argentinas donde se aplica la ley que incentiva la inversión privada para general energía fotovoltaica aprovechando las horas de sol, pero San Juan nunca reglamentó su Ley de adhesión".
El funcionario reconoció que la reglamentación de la legislación "permitirá que se viabilicen inversiones privadas que hoy están frenadas", porque los potenciales inversores esperan poder aprovechar los incentivos fiscales que la ley nacional otorga.
Caparros reconoció que el compromiso del gobierno de "acelerar la sanción de un decreto reglamentario de la Ley, surgió de las reuniones en la mesa de Obras de Energía del Acuerdo San Juan", una iniciativa del gobernador Sergio Uñac, por la que las instituciones de la provincia discuten en 17 mesas por actividad, las políticas post-pandemia para recuperar la economía sanjuanina.
Empresarios del sector, productores, hoteleros e instaladores de estos sistemas, "han expresado la necesidad de contar con la reglamentación de la Ley para hacer las inversiones que son cuantiosas y que se hacen factibles aprovechando los beneficios fiscales que otorga la norma nacional que promueve este tipo de inversiones".
El funcionario de Agua y Energía, reconoció que "las inversiones en este tipo de equipamiento para generar energía fotovoltaica, rondan en un dólar el watt de potencia instalada, lo que tiene un tiempo de amortización de entre 5 o 6 años para un domicilio particular, hasta 10 o 12 años para potencias más altas en emprendimientos productivos que necesitan 3 o 4 mil dólares para concretarse".
Para Caparros, "uno de los temas fundamentales para definir antes de reglamentar la ley, es qué tipo de medidores se van a utilizar para medir la cantidad de energía de la red que un particular puede llegar a consumir en los horarios en lo que no produce energía por falta de sol y la cantidad de excedente que puede llegar a inyectar en la red si no usa todo lo que genera durante el día".
Dijo que una idea es poner dos medidores diferentes para la entrada y la salida de energía, de modo que la empresa distribuidora pueda calcular las compensaciones que correspondan y la otra es usar medidores bidireccionales como se han instalado en otras provincias".
Además, advirtió que "una cosa a discutir es cómo hacemos para que la normativa reglamentaria de la Ley, contemple tanto las especificaciones de la Ley nacional, como las normas vigentes en la provincia en cuanto a potencia contratada para cada tipo de usuario".
Finalmente, sobre la posibilidad de acelerar la reglamentación de la Ley, el ministro de Obas y Servicios Públicos, Julio Ortíz Andino, dijo: "Consideramos que en el corto plazo se eliminarán las incertidumbres que están demorando las inversiones en este sector".
El funcionario indicó que la intención del gobierno provincial, "es facilitar la instalación de más estaciones de bombeo de agua en los establecimientos productivos, teniendo en cuenta la sequía que viene padeciendo la provincia".