La medida -que también incluye a compañías de seguro y plataformas de streaming- deberá estar disponible en un plazo de 60 días o las empresas se expondrán a multas de hasta cinco millones de pesos.
Sin embargo, automotrices como Toyota y Ford ya los tienen disponibles en sus webs oficiales.
El organismo espera que este sistema facilite la cancelación de una prestación, aunque no aclara el costo económico que implica para el consumidor la cancelación de un plan de ahorro. Debido a las estafas reiteradas, Autoblog no recomienda la compra de autos por planes de ahorro.
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Cable de la Agencia Télam
Planes de ahorro previo, seguros, y plataformas de streaming se podrán dar de baja por la web
La Secretaría de Comercio Interior incluyó los servicios de suscripción a contratos de ahorro previo, los de seguros, los turísticos de tiempo compartido, y los de suscripción a streaming o de distribución digital de contenido multimedia, entre los que deben contar con un "botón de baja" en sus páginas web.
Lo hizo a través de la Disposición 357/2021 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma determina que las y los consumidores podrán ejercer la facultad de rescindir los servicios oportunamente contratados, a través de la modalidad prevista en la Resolución 316/2018 de la ex Secretaria de Comercio; y estableció un plazo de 60 días corridos para su entrada en vigencia.
La Resolución 316/18 había establecido que los proveedores de servicios que posean páginas web deberán tener, a simple vista y en el primer acceso, el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado.
En un primer término se incluyó en esta decisión a los servicios de telefonía fija, móvil, acceso a internet, y radiodifusión por suscripción; a los que en 2019 se sumaron los de medicina prepaga.
En tanto, en septiembre del año pasado, Comercio Interior había incorporado a las suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital, y de bases de datos; los servicios de asistencia al viajero; los de emergencias médicas o traslados sanitarios de personas; la asociación a clubes y gimnasios; las tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias; y las donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles.
Además, estableció que el acceso a los contratos de adhesión así como el botón de baja, deberán ser fáciles, directos y ocupar un lugar destacado y visible en la página de inicio del sitio de internet de cada compañía.
Las empresas que no cumplan con lo dispuesto pueden ser sancionadas con multas de hasta $ 5 millones.