Desde hace medio siglo, el sindicato que representa a los trabajadores de la entidad es UTEDYC (Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles). Ello es así no sólo por decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación, sino porque ambos sindicatos (URGARA y UTEDYC) lo convinieron expresamente a través de un acuerdo labrado ante el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires. Independientemente de cuál deba ser el sindicato que ejerza la representación gremial del personal institucional, la Cámara es absolutamente ajena a un conflicto puramente inter-sindical: legalmente, ni el empleador ni los trabajadores tienen injerencia alguna en el encuadramiento gremial, controversia que únicamente puede resolverse por acuerdo entre los mismos sindicatos o mediante la decisión de la autoridad competente.
Frente a esta situación, la Cámara Arbitral:
• Ratifica su neutralidad en el conflicto entre UTEDYC y URGARA;
• Expresa su más enérgico repudio a la utilización de vías de hecho para dirimir conflictos inter-sindicales;
• Exhorta a ambos sindicatos a recurrir a las vías legales para resolver un conflicto entre gremios, al cual la Cámara es ajena; y
• Llama a los responsables de esta situación a cesar inmediatamente las medidas de fuerza que perjudican a toda la cadena agroindustrial.