La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió prorrogar el vencimiento para el ingreso de anticipos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre Bienes Personales para el período 2024. Tal como informó adelantó Ámbito.
Así, este viernes, salió la oficialización de la prórroga en el Boletín Oficial por medio de la Resolución General 5541/2024 de la AFIP, que extendió los plazos para el pago de los anticipos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al año 2024.
La medida afecta a las personas humanas y sucesiones indivisas que estén comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 975 y 2.151, es decir, aquellos contribuyentes que deben pagar estos impuestos.
Según dispuso el organismo dirigido por Florencia Misrahi, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, que originalmente vencía en agosto y octubre de 2024, operará en octubre y noviembre de 2024, respectivamente.
Los nuevos plazos
El plazo para presentar el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2024, varía de acuerdo con la terminación de la CUIT de cada contribuyente. Las nuevas fechas límites para abonar el primer y segundo anticipo son las siguientes:
Vencimiento según terminación de CUIT.
Para CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3 el vencimiento será el 14/10/2024Para CUITs terminados en 4, 5 y 6 el vencimiento será el 15/10/2024Para CUITs terminados en 7, 8 y 9 el vencimiento será el 16/10/2024
Segundo anticipo para el período fiscal 2024
Vencimiento según terminación de CUIT.
Para CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3 el vencimiento será el 13/11/2024Para CUITs terminados en 4, 5 y 6 el vencimiento será el 14/11/2024Para CUITs terminados en 7, 8 y 9 el vencimiento será el 15/11/2024 (DIB)
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