El fiscal ante la Cámara de Casación Javier De Luca dictaminó a favor de mantener la medida cautelar que prohíbe al Grupo Vicentin modificar, cambiar o transferir las participaciones sociales y paquetes accionarios de las empresas que lo componen.
La medida, adoptada en 2021 y confirmada por la Cámara Federal de Resistencia, fue apelada por Vicentin mediante un recurso de "queja" ante la Casación, el máximo tribunal del país.
Casación "abrió la queja", una conducta a la que suele apelar cuando se apresta a revocar una decisión de la instancia judicial anterior.
La causa, uno de los múltiples expedientes que están desparramados en varias jurisdicciones del país, se inició por la denuncia de un grupo de acreedores de Vicentin ante la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC).
Entre una serie de movimientos presuntamente irregulares, los acreedores consignaron "la venta del 16.67% de las acciones de la firma RENOVA S.A. a la firma GLENCORE, cuando la empresa Vicentín S.A. se encontraba en estado de cesación de pagos".
"No obstante, la suma abonada (122,3 millones de dólares, según un informe del expediente) no habría tenido como destino el pago de sus obligaciones locales, sino que se habría cobrado en el exterior".
La denuncia también mencionaba posibles maniobras de contrabando de soja argentina que era vendida a través de Paraguay como si se tratara de soja paraguaya.
"La denuncia que da inicio al expediente detalla la utilización de sociedades off shore por parte de los directores y accionistas principales de Vicentin, que no sólo se caracterizan por la baja tributación, sino también por su falta de transparencia, el secreto bancario y las dificultades para el intercambio de información para propósitos fiscales o investigaciones oficiales de todo tipo", sostuvo el dictamen de De Luca.
Al oponerse al levantamiento de las restricciones sobre los paquetes accionarios, el fiscal citó un informe del Banco Nación titulado "El proceso de vaciamiento de Vicentin" del que surge "un proceso de internacionalización y un vaciamiento financiero de la firma que podrían redundar en dificultades para concretar un eventual decomiso" de bienes producto de actividades delictivas.
"Ese proceso de internacionalización de la empresa podría haber facilitado la fuga de divisas", sostuvo De Luca.
El fiscal rechazó el argumento de Vicentin que indica que "los activos o las acreencias de los imputados y las empresas vinculadas han sido destinados (por ellos) a saldar las deudas con sus acreedores".
"Ningún acuerdo de esa especie puede prevalecer por sobre el recupero de activos que provienen de un delito. (...) Es totalmente independiente y ajeno a los asuntos de los acuerdos con los acreedores. Razonar de otra manera sería legitimar el pago de deudas de la actividad comercial con dineros provenientes de delitos que lesionaron bienes jurídicos colectivos, sociales, y públicos", subrayó.
El dictamen no es vinculante y la Casación podría resolver en sentido contrario a la postura del fiscal.
Por Néstor Expósito