La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para acceder a beneficios impositivos a productores de las zonas declaradas en estado de emergencia o desastre agropecuario, y habilitó a contribuyentes de las zonas afectadas por la bajante del río Paraná a que puedan acceder a beneficios fiscales, a través dos resoluciones generales publicadas hoy en el Boletín Oficial.
Los beneficios a los que pueden acceder son la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas.
La medida abarca a los productores alcanzados por una declaración de estado de emergencia o desastre agropecuario instrumentada por resolución del Ministerio de Agricultura publicada desde el 1 de noviembre del año pasado hasta hoy.
La nota deberá estar acompañada de un informe extendido por contador público, en el cual surja que la actividad principal se encuentra amparada por la declaración de emergencia o desastre agropecuario.
La presentación de la nota se realizará a través del servicio de Presentaciones Digitales, al que se accede a través de la web de la AFIP con clave fiscal.
La medida se adopta en el marco de la Ley 26.509, que determina ciertas franquicias impositivas a los productores comprendidos en zonas declaradas en estado de emergencia agropecuaria o desastre agropecuario.
En cuanto a la emergencia hídrica, la AFIP extendió por 180 días el estado de emergencia hídrica establecido por el Decreto 261/2022 para que contribuyentes de las zonas afectadas por la bajante del río Paraná puedan acceder a beneficios fiscales.
El estado de emergencia hídrica se establece en los sectores del territorio abarcado por la región de la cuenca del río Paraná, que afecta a las provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre las márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú, y aplica para todos los contribuyentes que desarrollen su actividad principal en la zona.
"Las zonas afectadas gozarán de un plazo especial para presentación y pago de los saldos resultantes de las declaraciones juradas y anticipos de impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, fondo para la educación y promoción cooperativa, contribuciones de la seguridad social, autónomos y Monotributo", detalló la AFIP en un comunicado, que precisó que el plazo para solicitar los beneficios expirará el 29 de julio.
La medida se implementó a través de la RG 5201/2022 y alcanza a 169 localidades establecidas por el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.
Para más detalles puede ingresarse en el micrositio Emergencia Hídrica de la web de AFIP en el que se detallan las localidades comprendidas y las nuevas fechas.
Las herramientas de asistencia contemplan también la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el 31 de octubre de 2022, para dichos contribuyentes.
Los beneficiarios podrán acceder a través del sitio web de la AFIP con clave fiscal.
En Presentaciones Digitales deberán optar por el trámite Zona de Emergencia-Acreditación.
Con información de Télam