La medida se formalizó por medio de la resolución 2/2024 de la Secretaría de Transporte, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El ajuste había sido acordado a mediados de enero en el marco de la Mesa de Negociación Participativa, de la que forman parte las principales cámaras, entidades empresarias y sindicales del sector.
En ese ámbito, se estableció que de manera excepcional y por única vez, la tarifa de referencia tiene vigencia desde el 15 de enero, pero recién ahora se autorizó oficialmente esa decisión.
Se trata de la denominada Tarifa de Referencia Nacional para el Transporte Interjurisdiccional de Carga de Cereales, Oleaginosas, Afines, Productos, Subproductos y Derivados.
Unos días antes de aquella fecha, la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) había presentado una nota dirigida al Secretario de Transporte mediante la cual solicitó la necesidad de proceder a la actualización de los valores de referencia para los fletes de granos.
Según el Poder Ejecutivo, el Estado Nacional "tiene la responsabilidad de fijar las políticas generales del transporte y específicas del sector, garantizando la seguridad en la prestación de los servicios y asegurando que ninguna disposición nacional, provincial o municipal intervenga o dificulte en forma directa o no, los servicios de transporte de carga de Jurisdicción Nacional".