El Ministerio de Economía, a través de su Secretaría de Bioeconomía, ha emitido la Resolución 23/2024, estableciendo los lineamientos y plazos para el proceso de inscripción correspondiente al contingente arancelario de cortes enfriados vacunos deshuesados de alta calidad, conocido como "Cuota Hilton", asignado por la Unión Europea a la República Argentina para el período 2024-2025.
Antecedentes Normativos y Contexto Internacional
Esta resolución se enmarca en la normativa internacional del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT) y el Acuerdo de Marrakech, aprobados por la Ley N° 24.425. Asimismo, se sustenta en el Reglamento de Ejecución (UE) N° 2020/761 de la Comisión de la Unión Europea y su modificatorio, y en el Reglamento N° 2020/1.432 del Departamento de Hacienda y del Departamento de Medio Ambiente, Alimentos y Asuntos Rurales del Reino Unido.
Distribución y Asignación de la Cuota Hilton
Para el ciclo comercial 2024-2025, se establece que la Unión Europea asignará a Argentina un cupo de 29.389 toneladas de carnes vacunas de alta calidad. Adicionalmente, el Reino Unido otorgará un cupo de 111 toneladas de carnes bovinas enfriadas deshuesadas de calidad superior. Ambos contingentes arancelarios tendrán vigencia del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025.
Inscripción y Requisitos
El período de inscripción para acceder a este contingente arancelario comenzará a las 00:00 horas del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial y se extenderá por 15 días corridos. Los interesados deberán completar el formulario disponible en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) bajo el nombre "Solicitud para acceder a una licencia de exportación - Cuota Hilton 2024/2025" y cumplir con los requisitos establecidos en los Anexos I y II de la resolución.
Garantía de Abastecimiento Regular
El régimen normativo aprobado busca asegurar un abastecimiento constante de carnes a lo largo del período del contingente, respondiendo a la necesidad de mantener la regularidad en el suministro y la calidad del producto exportado.
Intervención Jurídica y Competencia
La Secretaría de Bioeconomía ha contado con la intervención del Servicio Jurídico permanente para garantizar la legalidad de la medida. La competencia para dictar esta resolución se deriva del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Disposiciones Finales
La resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. La Secretaría de Bioeconomía instruye a las autoridades competentes a comunicar, publicar y archivar la medida conforme a los procedimientos establecidos.