La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020 el plazo para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales periodo 2019.
Se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057, su modificatoria y sus complementarias, en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)" -aprobado por la Resolución General N° 3.985- en la que dichos sujetos se encuentren incluido.
La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.
La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales estaba prevista para el 31 de julio. El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4758/2020 (AFIP) publicada este lune en el Boletín Oficial.