El Gobierno oficializó la reducción de retenciones
El Gobierno nacional formalizó la reducción de retenciones a la exportación de granos mediante el decreto 38/2025, publicado en el Boletín Oficial
. La medida, que regirá hasta el 30 de junio de este año, establece una alícuota reducida condicionada a que las exportadoras anticipen la liquidación del 95% de las divisas obtenidas en un plazo de 15 días tras la declaración de venta.
De no cumplir con esta exigencia, se aplicará la alícuota máxima vigente hasta la fecha.
Según lo estipulado en la normativa, las exportaciones de soja podrán tributar un 26% en lugar del 33% habitual, siempre que se cumpla con la condición de liquidación anticipada de divisas. Los derivados, como la harina y el aceite, de 31 al 24,5% y el biodiésel quedó en el 23%
El trigo, la cebada, el sorgo y el maíz tuvieron una disminución del 12% al 9,5% y el girasol del 7%, al 5,5%.
La reducción representa, en promedio, un descenso del 20% en los derechos de exportación en comparación con las tasas actuales.El decreto, firmado por el presidente Javier Milei y varios de sus ministros, sostiene que esta medida forma parte de una estrategia para fortalecer la competitividad del sector agroindustrial argentino en los mercados internacionales.
El documento argumenta que, en 2024, el sector representó más del 60% de las exportaciones totales del país, con un incremento del 25% en valor respecto al año anterior.
Sin embargo, el contexto no es del todo favorable. La normativa reconoce que las exportaciones agrícolas enfrentan desafíos como la caída de los precios internacionales y condiciones climáticas adversas que han afectado la producción. Por ello, la iniciativa busca mejorar la rentabilidad del sector a corto plazo y fortalecer su potencial exportador a futuro.
El decreto también señala que esta política se alinea con el objetivo gubernamental de eliminar barreras burocráticas, simplificar trámites y fomentar la apertura comercial para potenciar las cadenas de valor agroindustriales.
La implementación efectiva de la medida dependerá de la reglamentación adicional por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Secretaría de Agricultura. Estas entidades deberán establecer los procedimientos específicos para garantizar el cumplimiento de las condiciones impuestas a los exportadores.