Economia

El gobierno prorrogó los beneficios para el sector lácteo

Mediante el Decreto 557/2024, se extiende por un año más la reducción del Derecho de Exportación y el nivel del Reintegro a la Exportación para ciertos productos lácteos.

 Esta medida, vigente desde el 1° de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, busca continuar promoviendo el crecimiento del sector lácteo argentino.

El decreto tiene como base legal la Ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, así como varios decretos anteriores que establecieron y ajustaron las alícuotas de Derechos de Exportación para diferentes mercaderías.

Contexto y Justificación

Desde la implementación de la alícuota del 0% del Derecho de Exportación para productos lácteos, decretada en enero de 2024, se ha observado un incremento en los volúmenes de exportación, a pesar de la disminución en los precios promedios de exportación. Esta medida ha permitido al sector adaptarse mejor a las fluctuaciones internacionales de precios.

Además, la mejora en el tipo de cambio desde diciembre de 2023 ha favorecido el crecimiento del sector, beneficiando a los productores con mejores precios y rentabilidad, alcanzando niveles no vistos desde marzo de 2020.

Medidas Específicas

Suspensión del Derecho de Exportación: Se prorroga hasta el 30 de junio de 2025 la suspensión de la alícuota del 0% para las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que corresponden a ciertos productos lácteos y sus derivados.

Reintegro a la Exportación: Se mantiene en un 0% el nivel del Reintegro a la Exportación (R.E.) para los productos elaborados con leche, leche bovina, bebidas a base de leche, caseína y sus derivados, hasta el 30 de junio de 2025. Esta medida busca asegurar un mercado lácteo transparente y competitivo, promoviendo inversiones y el ingreso de divisas.

El decreto también subraya la necesidad de mantener estas condiciones para otorgar mayor previsibilidad al mercado y fomentar el desarrollo de las economías regionales.

Vigencia y Comunicación

La medida entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial y se comunicará a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación para su evaluación y dictamen.

Este decreto se emite en el marco de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la Constitución Nacional y la Ley 22.415 (Código Aduanero), con el objetivo de seguir apoyando el crecimiento y desarrollo del sector lácteo en Argentina.