El Gobierno simplificó las importaciones temporales de insumos para empresas exportadoras
Dispuso ampliar el plazo de validez del Certificado de Importación Temporaria (CTIT).
El Gobierno amplió el plazo de validez del Certificado de Importación Temporaria (CTIT) que permite que las empresas exportadoras puedan comprar los insumos necesarios para producir sin pagar derechos de importación.
A través de la resolución N°32/2024, la Secretaría de Industria y Comercio junto con la Secretaría de Simplificación de la Jefatura de Gabinete extendió el plazo de validez del CTIT de cinco a diez años, con el objetivo de impulsar las exportaciones.
Esta modificación simplificará el proceso de trámites para las empresas que producen con insumos del exterior y exportan, las cuales representan el 10% del total de las importaciones.
Según estadísticas oficiales, en 2023 679 empresas utilizaron este régimen y exportaron US$12.654 millones bajo el CTIT, lo que representó casi el 20% del total de ventas al exterior de ese año.
El Poder Ejecutivo explicó que mediante el CTIT los exportadores pueden acceder a insumos importados con beneficios impositivos y garantizar mediante una póliza de caución el pago del arancel, la tasa estadística, el Impuesto País y las retenciones impositivas (IVA, Ingresos Brutos y Ganancias).
Como condición para ingresar al régimen de importación temporaria, las empresas deben transformar en su proceso productivo la mercadería importada en un producto terminado para la exportación.
El plazo previsto para exportar, una vez adquiridos los insumos, es de 360 días, con la posibilidad de solicitar una prórroga por 360 días más; en los casos de bienes de capital los plazos se duplican a 720 días.
Además, el Gobierno incorporó en el régimen la posibilidad que las empresas incluyan a un ingeniero matriculado para la emisión del dictamen técnico, el cual constata la correcta instrumentación de los insumos importados en el proceso productivo.
"Esto permitirá que las empresas no dependan exclusivamente de los profesionales que provee el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para la realización del trámite", subrayó la Casa Rosada, en un comunicado.
También, agregó la facultad de control por parte de la Secretaría de Industria y Comercio, que consiste en auditorías aleatorias en las diferentes plantas industriales. En caso de incumplimiento, se estableció una exclusión del régimen por el plazo de un año y una multa del 2% mensual acumulativa de los aranceles que pagan las empresas que están por fuera del régimen.