Coronavirus

Habilitan la circulación de Salta con Tucumán y Santiago del Estero para actividades productivas

Los gobiernos de Salta, Tucumán y Santiago del Estero firmaron convenios para la libre circulación de personas y mercancías, correspondientes a algunas de las actividades productivas declaradas esenciales pese a la pandemia, de acuerdo con los artículos 12 y 13 del DNU 754.

Los gobiernos de Salta, Tucumán y Santiago del Estero firmaron convenios para la libre circulación de personas y mercancías, correspondientes a algunas de las actividades productivas declaradas esenciales pese a la pandemia, de acuerdo con los artículos 12 y 13 del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 754.

"En el marco de encontrar un equilibrio entre la reactivación económica a través de la matriz productiva y la seguridad sanitaria, hemos avanzado con estas dos provincias cuya interacción con Salta es sumamente importante y diaria, en convenios de entendimiento que establecen claramente las formas en que vamos a cuidarnos", dijo el ministro de la Producción y Desarrollo Sustentable de Salta, Martín de los Ríos.

El funcionario firmó de manera virtual, junto con su par de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada, sendos acuerdos con el ministro de Seguridad y secretario del Comité Operativo de Emergencias de Tucumán, Claudio Maley; y con los ministros de Gobierno, Seguridad y Culto de Santiago del Estero, Marcelo Babur; y de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras de esa provincia, Miguel Mandrille.

En los acuerdos se definió el ingreso a las provincias a través de las rutas nacionales 9, 34, 40, para el límite con Tucumán; y las rutas nacionales 34 y 16, y las provinciales 175 y 2 para el límite con Santiago del Estero.

Estará permitida la circulación para las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

A ellas se suman actividades y servicios vinculados con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; el transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, la actividad minera, forestal y las actividades industriales, materias primas, maquinarias e insumos y transporte de caudales.

"Estos convenios apuntan, entre otros puntos, a la circulación del sector productivo esencial que debe ir a trabajar a campos de las distintas provincias, con un esquema claro para el tránsito, tanto para el personal de seguridad, como también para los productores", explicó De los Ríos.

Asimismo, comentó que "estamos trabajando para firmar estos entendimientos también con las provincias de Catamarca, Jujuy, Chaco y Formosa".

Al ingreso y egreso se deberá presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción el DNI; el Certificado Nacional Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19; y el Certificado o Constancia, con una antigüedad máxima de 14 días de la fecha de toma de muestra, de estudio realizado con algún método de diagnóstico antígeno disponible en el país para SARS CoV2 y/o test de detección de anticuerpos.

Además, se deberá presentar la Declaración Jurada firmada que las personas autorizadas a ingresar no utilizarán el certificado para circular en zonas urbanas, así como de su autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin.

A la vez, deberá cumplir con el protocolo sanitario aplicable y específico aprobado por la autoridad sanitaria provincial de la jurisdicción donde se ejecuten efectivamente los servicios o se desarrolle la actividad.

La capacidad máxima de ocupantes por vehículo es de dos personas y todas ellas deberán usar barbijos, y contar al alcance con alcohol en gel al 70% o su equivalente.

Los ingresantes deberán someterse a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que le sea requerido, y en caso que se estime necesario por cuestiones sanitarias deberán someterse a un nuevo test rápido IgM e IgG para sars-Cov2 o PCR.

Los tripulantes del vehículo no podrán realizar paradas intermedias entre las zonas limítrofes, y el lugar de trabajo comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción.

El reingreso a la provincia de origen deberá realizarse dentro de los siete días de realizado el cruce limítrofe, y se deberá informar al personal policial lugar de procedencia y destino.

"En principio lo firmamos por 30 días, prorrogable automáticamente si las condiciones no cambiaran, porque esto es dinámico, pero es una solución enorme para el sector productivo de todo el NOA", concluyó De los Ríos.

Fuente: Telam