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Para gestiones bancarias ya no será necesario presentar el certificado censal agropecuario

Así lo informo el Indec, por lo que los bancos ya no exigirán ese trámite.

2 Abr 2020

Desde este miércoles los bancos dejarán de exigir el certificado censal correspondiente al Censo Nacional Agropecuario 2018 para la realización de cualquier operación bancaria, indicó el l Instituto Nacional de Estadística y Censos.

En la comunicación "B" número 11788 emitida por el Banco Central de la República Argentina el 21 de diciembre de 2018, se especificó que el certificado iba a ser requerido por las entidades bancarias a partir de los noventa (90) días corridos de concluidas las actividades sustantivas del operativo censal, y por el término de un año, previendo la finalización del CNA 2018 el día 31 de diciembre de 2018.

Por indicación del Indec, el Banco Central de la República Argentina había instruido a las entidades bancarias que debían verificar el cumplimiento del Censo Nacional Agropecuario 2018, mediante la presentación del "Certificado de Cumplimiento Censal" a la hora de realizar diversas gestiones, por ejemplo, la apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otro que implique captación de fondos o el otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones, entre otras gestiones.